Japón avanza hacia el reconocimiento legal de personas no binarias

El Tribunal Superior de Osaka dio un paso inédito hacia el reconocimiento legal de las personas no binarias en Japón al cuestionar la validez constitucional del sistema de registro familiar conocido como koseki, que solo admite las categorías “hombre” y “mujer”. La resolución, emitida el 8 de mayo, sostiene que esta limitación podría contradecir las garantías de igualdad contempladas en el artículo 14 de la Constitución japonesa. Además, el fallo abrió la puerta a futuras reformas en uno de los mecanismos administrativos más importantes del país.

El caso comenzó cuando una persona no binaria de 50 años, residente de la prefectura de Kioto, solicitó modificar en su registro la expresión “hija mayor” por un término neutral. Sin embargo, la petición fue rechazada inicialmente por un tribunal familiar y esa decisión se mantuvo en segunda instancia. Aun así, el juez Masahiro Oshima reconoció que la ausencia de opciones no binarias dentro del koseki merece una revisión a escala nacional.

La corte señaló que la identidad de género está “directamente vinculada a la existencia personal” y la definió como un “bien jurídico significativo”. En ese sentido, el tribunal indicó que, si Japón incorpora en el futuro una categoría no binaria en sus registros oficiales, el caso de la persona demandante debería ser reconsiderado.

Aunque el fallo no modifica de inmediato el sistema registral japonés, organizaciones y especialistas en derechos LGBT+ consideran que marca un precedente relevante. De hecho, el abogado Shun Nakaoka afirmó que la decisión representa “un enorme paso hacia el reconocimiento legal”, especialmente en un contexto donde las identidades no binarias habían permanecido fuera del marco jurídico japonés.

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