TC anula prohibición a terapias hormonales en menores trans

El Tribunal Constitucional (TC) de Chile declaró inconstitucional la Glosa 46 de la Ley de Presupuesto 2025, que prohibía al Ministerio de Salud financiar tratamientos hormonales y cirugías relacionadas con la disforia de género en niños, niñas y adolescentes trans. Esta decisión, adoptada por 7 votos a favor y 3 en contra, fue impulsada por un requerimiento presentado por el presidente Gabriel Boric.

La medida había sido aprobada en noviembre por el Congreso Nacional, limitando gravemente las posibilidades de atención médica para menores con identidades de género diversas. Ante esta situación, el TC consideró que la glosa excedía sus competencias al interferir en la gestión de políticas públicas, una facultad exclusiva del Ejecutivo.

El tribunal determinó que la Glosa 46 invadía atribuciones del Ministerio de Salud al establecer prohibiciones que impedían el desarrollo de políticas públicas esenciales. Según el fallo, esta norma violaba principios constitucionales como la separación de poderes y la iniciativa exclusiva del Presidente en materia presupuestaria.

Además, se destacó que la glosa no estaba respaldada por asignaciones presupuestarias que justificaran su inclusión, lo que confirmó su carácter arbitrario. Por otro lado, regular cuestiones como las terapias hormonales mediante una norma presupuestaria fue considerado incompatible con los principios de deliberación democrática y respeto a los derechos fundamentales.

El Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (Movilh) celebró el dictamen como un triunfo histórico. Según la organización, «el TC se mostró más respetuoso de los derechos humanos que el Congreso Nacional, algo sin precedentes en la lucha por la igualdad». También señalaron que esta decisión obliga al Congreso a reconsiderar medidas que perpetúan discriminación hacia las personas trans.

La Glosa 46 estipulaba que el Ministerio de Salud no podría financiar terapias hormonales ni cirugías relacionadas con la disforia de género en menores, incluso si contaban con diagnóstico clínico. Al declararla ilegal, el TC no solo restableció el acceso igualitario a la salud, sino que también reforzó la necesidad de garantizar políticas inclusivas.

Este fallo marca un precedente importante, subrayando la relevancia de la separación de poderes y el respeto a los derechos humanos en la creación de leyes. En un contexto donde las ideologías discriminatorias aún persisten, esta decisión representa un paso hacia la construcción de un Chile más equitativo y diverso.

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