México avanza en prohibir las terapias de conversión

Con un notable avance legislativo, la Cámara de Diputados Mexicana aprobó la reforma que busca sancionar los Esfuerzos para Corregir la Orientación Sexual y la Identidad de Género (ECOSIG), conocidas comúnmente como terapias de conversión. Así, con una votación de 267 votos a favor, 104 en contra y 33 abstenciones,  aprobó reformar diversas disposiciones del Código Penal Federal y se adiciona el artículo 465 Bis a la Ley General de Salud. Este logro histórico es el resultado de un proceso gradual que inició en 2020 con la prohibición de los ECOSIG en la Ciudad de México, extendiéndose posteriormente a más de una decena de estados.

Los ECOSIG, según la Organización de las Naciones Unidas (ONU), son considerados formas de tortura en contra de la comunidad LGBTQ+. Estas prácticas incluyen métodos que van desde sesiones psicológicas hasta consejería religiosa, con el objetivo de cambiar la orientación sexual de las personas, de homosexual o bisexual a heterosexual, así como su expresión e identidad de género. A pesar de su prohibición en varios estados mexicanos, la presencia de estos tratamientos sigue siendo alarmantemente común, evidenciando una profunda necesidad de visibilización de los problemas de salud mental que provocan.

Según datos de la Comisión de Derechos Humanos de la Ciudad de México (CDHCM), 1 de cada 20 personas en México se identifica como parte de la población LGBTQ+, y un porcentaje significativo ha sido forzado o presionado a someterse a estas prácticas. Los ECOSIG pueden involucrar abuso verbal, agresiones sexuales y físicas, generando graves afectaciones psicológicas en las víctimas, incluyendo estrés postraumático, ansiedad, depresión y pensamientos suicidas.

La Encuesta 2024 sobre la Salud Mental de las Juventudes LGBTQ+ en México, realizada por The Trevor Project, revela datos alarmantes sobre el impacto de estas prácticas en jóvenes LGBTQ+, con más de la mitad considerando el suicidio en el último año. Resulta especialmente preocupante que aquellos expuestos a terapias de conversión reporten tasas significativamente más altas de intentos de suicidio en comparación con quienes no han pasado por estas experiencias.

Así, con las reformas a la ley, se busca imponer sanciones severas a quienes realicen, impartan, apliquen, obliguen o financien cualquier práctica que busque modificar la orientación sexual o identidad de género de una persona. La ley especifica penas de prisión, multas y otras sanciones que se intensifican en casos involucrando menores de edad, adultos mayores o personas con discapacidad, así como en situaciones donde se emplee violencia o se abuse de una posición de poder.

Por su parte, la posición de la bancada del Partido de Acción Nacional (PAN), que votó en contra de la reforma, ha generado controversia, argumentando que la redacción actual podría perseguir injustamente a profesionales y familiares que ofrecen consejo, aunque este punto de vista ha sido ampliamente criticado en redes sociales. Los críticos señalan que esta postura ignora los daños bien documentados de las terapias de conversión, así como la falta de base científica que sustente su efectividad.

Este avance legislativo representa un paso significativo hacia la protección de los derechos humanos y la dignidad de los miembros de la comunidad LGBTQ+ mexicana, reflejando un creciente reconocimiento de la necesidad de abordar y eliminar prácticas que perpetúan el sufrimiento y la discriminación. La reforma ahora se dirige a la cámara de senadores para su revisión final, pero su aprobación en la Cámara de Diputados ya marca un hito en la lucha por los derechos LGBTQ+ en México.

Cabe mencionar que las terapias de conversión son ilegales en Chile desde el año 2021.

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